El Director Junta de Distrito Municipal de Baitoa no declara aún sus bienes
@baitoTV.com Por Alfredo Matías
De conformidad con las informaciones suministradas
por la Cámara de Cuentas de la República Dominicana el Director de la
Junta del Distrito Municipal de Baitoa no ha realizado su Declaración
Jurada de Bienes según dispone la ley sobre la materia.
La Ley 311-14 sobre Declaración Jurada de Patrimonio
establece que “Los funcionarios públicos obligados a declarar tienen
que presentar, dentro de los treinta (30) días siguientes a su toma de
posesión, su declaración jurada de los bienes que constituyen su
patrimonio y el de la comunidad conyugal”.
En su artículo 2, numeral 15, la referida ley
establece que entre los funcionarios que están obligados figuran “los
directores y tesoreros de los distritos municipales”. Resulta que
ninguno de los dos funcionarios del Ayuntamiento de Baitoa obligados por
la Ley, a pesar de que tienen 5 años en el puesto, han presentado hasta
la fecha su Declaración Jurada de Patrimonio. Al finalizar sus
funciones deberán presentar una nueva declaración en un plazo también
de 30 días contados a partir de la salida del cargo, debiendo ésta
incluir, además, el patrimonio de la comunidad conyugal.
Pero resulta que, Radhames Rojas, no solo violenta la
Ley 311-14, sino que también a decir de la Cámara de Cuentas tampoco
ha enviado a esa entidad de control externo los informes de ejecución
presupuestaria correspondiente al año 2015.
“El servidor público en funciones que esté obligado a
presentar declaración jurada de su patrimonio y no obtempere dentro del
plazo establecido en esta ley u omitiere declarar algún bien, incurrirá
en faltas graves o de tercer grado, según sea el caso, previstas en la
Ley No.41-08, de Función Pública”, refiere la Ley Sobre Declaración
Jurada de Patrimonio. En ese tenor la Ley de Función Pública establece
que la comisión de faltas graves conllevará la destitución del servidor
público.
La transparencia y la rendición de cuentas oportuna
son principios fundamentales de la democracia y fortalecen el estado de
derecho. Todos los servidores públicos obligados por la Ley están en el
deber de declarar sus bienes.
Y si no, que la Cámara de Cuentas y la Procuraduría General de la República cumplan con las facultades que les otorga la Ley.