www.baitoaprimero.com Por : Rubén Díaz
JOAQUIN BALAGUER, Presidente de la República Dominicana;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el Artículo 55 de la Constitución de la República. PROMULGO la presente Ley y mando que sea publicada en la Gaceta Oficial, para su conocimiento y cumplimiento.
DADA en Santo Domingo de Guzmán, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los treinta (30) días del mes de noviembre del año mil novecientos noventa y dos; año 149 de la Independencia y 129 de la Restauración.
JOAQUIN BALAGUER
Ley No. 5-93 que convierte en Distrito Municipal, la Sección Baitoa, del Municipio de Santiago de los Caballeros.
Ya hacen casi 18 años de esto y no olvido ese gran día , cuando mi corazón se quería salir del pecho de la emoción, y la satisfacción de ver realizado ese gran sueño de los Baitoeros de convertirnos en Distrito Municipal. Baitoa celebró por muchos días y se preparó para así pasar de sección a ciudad pequeña , como me dijera el profesor Juan Bosch en su visita a Baitoa en los noventas ,Baitoa ya no es un campo, es una ciudad pequeña; esta fue una expresión motivada por el cambio que nuestro pueblo había tenido desde su primera visita en su período de gobierno del año 1963.
Han pasado muchos años y ahora los Baitoeros de nuevo , volvemos a sentir ese sabor agridulce que sentimos en ese entonces, recuerdo que los años 91 y 92 fueron de mucha lucha en pro de lograr la atención de los congresistas regionales. Algunos decían que necesitaban un ante-proyecto elaborado por nosotros mismos, por que somos los que conocemos realmente la zona de Baitoa y otras comunidades, que podrían ser parte de ese posible Distrito Municipal. Fueron de 5 a 6 viajes que dimos en comisión y en masas cuando lo requería, hasta ver ese gran sueño, Baitoeros este es el momento más esperado por todos y sobre todo por los que buscamos que el futuro de nuestros hijos y nietos sea un poco más digno, ni un solo paso atrás, Baitoa merece ser el nuevo municipio de la provincia de Santiago. Pa'lante Baitoeros.